2026.11.03. 06:47

Permitir la decisión de adjudicatario múltiple cuando sea necesario en contratos estatales

MEF, anuncia proyecto de enmienda al Reglamento de la Ley de Contratos del Estado

Ministerio de Economía y Finanzas. MOEF
Ministerio de Economía y Finanzas. /MOEF

2024.07.17. The Fair Economy — En los contratos en los que el Estado es parte, cuando sea necesario, se podrá decidir múltiples adjudicatarios en un solo contrato. En caso de haber recibido una reducción o exención de la medida correctiva o de la multa mediante la autoinformación de conductas de colusión ilícita, se podrá reducir o eximir la restricción de la capacidad de participar en licitaciones.

El Ministerio de Economía y Finanzas publicó el proyecto de enmienda parcial al Reglamento de la Ley de Contratos del Estado (Ley de Contratos del Estado) que contiene estas disposiciones el 16.

El Ministerio de Economía y Finanzas explicó que, considerando el propósito del contrato y otros factores, la reforma permite decidir múltiples adjudicatarios en un solo contrato cuando sea necesario, con el fin de apoyar el cumplimiento del propósito del contrato, y que, de acuerdo con el Artículo 44 de la Ley de Monopolios y de la Competencia Justa (Ley de Competencia), al recibir una reducción o exención de la medida correctiva o de la multa mediante la autoinformación de conductas de colusión ilícita, se podrá reducir o eximir la sanción de restricción de la capacidad de participar en licitaciones, con el objetivo de fomentar la autoinformación.

En cuanto a los principales cambios, se permite designar a múltiples adjudicatarios (propuesta de artículo 47-3).

Esto es una medida de seguimiento a la entrada en vigor el 27 de septiembre de la Ley de Contratación Pública reformada, que permite designar a múltiples adjudicatarios en un solo contrato, y establece los casos en que se puede hacer. Se podrá designar a múltiples adjudicatarios cuando sea necesario en casos como: ▲mantenimiento de bienes o conservación y reparación de instalaciones ▲evaluación y tasación ▲preparación ante situaciones de incumplimiento contractual.

El Ministerio espera que, una vez realizada la reforma, al permitir la designación de múltiples adjudicatarios en un solo contrato cuando sea necesario, considerando el propósito del contrato, se pueda apoyar un proceso de contratación eficiente y el logro de los objetivos del contrato.

Se reducirá o eximirá la restricción para participar en licitaciones según la Ley de Contratación Pública cuando se reduzcan o eximan multas coercitivas u otras sanciones según la Ley de Comercio Justo mediante autodenuncia (propuesta de artículo 76, párrafo 15).

Se trata de una disposición complementaria que establece el alcance concreto de dicha reducción o exención, tras la entrada en vigor el 27 de septiembre de la Ley de Contratos Estatales reformada, que ya permitía reducir o eximir la restricción a la participación en licitaciones cuando se obtuviera una reducción o exención de medidas correctivas o multas mediante una declaración voluntaria conforme a la Ley de Competencia.

El Ministerio considera que, al permitir que quienes se autodenuncien en casos de colusión en licitaciones puedan recibir una reducción o exención de las restricciones para participar en licitaciones según la Ley de Contratación Pública, se podrá fomentar la autodenuncia.

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